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Modificaciones en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar

Estimados/as Padres, Madres y Apoderados/as:

Informamos a ustedes que, de acuerdo a indicaciones y sugerencias de la Superintendencia de Educación, hemos incorporado algunas indicaciones y acciones en nuestro Reglamento Interno de Convivencia Escolar (RICE).

En el Protocolo general relacionado con maltrato y/o acoso escolar (Bullying) (10.2.1., Pág. 55, RICE)

A.-Medidas de resguardo dirigidas a los estudiantes afectados (apoyos pedagógicos y psicosociales que la institución pueda proporcionar) y las derivaciones a las instituciones y organismos competentes, tales como, la Oficina de Protección de Derechos (OPD) de la comuna respectiva.

En el protocolo de maltrato entre alumnos y/o acoso escolar (Bullying) (10.3, Pág. 56, RICE) en Recepción del reporte, agregamos letra a) relacionada con dar la importancia a la denuncia y brindar tranquilidad y seguridad. También se agregó letra b) relacionada con la contención emocional y el acompañamiento del psicólogo de nuestro Colegio, así como la comunicación con el especialista externo, en caso de que el estudiante cuente con ello con anterioridad a la situación denunciada.

B.- Las medidas protectoras destinadas a resguardar la integridad de los estudiantes cuando existan adultos involucrados en los hechos, las que deberán ser aplicadas conforme la gravedad del caso.

En el punto 10.4 Maltrato de adulto a alumno, se agregó “En el caso de que el adulto sea profesor del denunciante, para resguardar la integridad de ambas partes, durante el proceso de investigación, se solicitará la observación en aula de algún miembro del equipo directivo, especialmente coordinación académica, mientras el profesor realiza clases en el curso del estudiante”, además se complementó con la siguiente medida “En caso de comprobarse la denuncia del estudiante hacia un profesor, además de las acciones explicitadas en el RIOHS, se hará cambio de profesor en la asignatura del curso del estudiante.”

C.- El deber de los funcionarios del establecimiento, de poner en conocimiento o denunciar de manera formal a los Tribunales de Familia de cualquier hecho que constituya una vulneración de derechos en contra de un estudiante, tan pronto lo advierta.”

En el punto 10.4 Maltrato de adulto a alumno, se agregó al final del punto “En el caso de que, durante el proceso de investigación, se tenga sospecha de alguna situación constitutiva de vulneración de derechos, el encargado de convivencia escolar realizará derivación a la oficina de protección de derechos. En caso de tener certeza de la vulneración de derechos, se hará la denuncia a los organismos competentes.”

D.- El procedimiento conforme al cual los funcionarios del establecimiento cumplirán el deber de poner en conocimiento de manera formal a los Tribunales de Familia de cualquier hecho que constituya una vulneración de derechos en contra de un estudiante, tan pronto lo advierta, a través de oficios, cartas, correos electrónicos u otros medios.”

Para este punto se complementó lo que teníamos estipulado en nuestro RICE, en el punto 4.2.3. que dice “Frente a cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, es deber de los funcionarios del Colegio, informar a las autoridades del Colegio y efectuar denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, el Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, conforme a lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Los funcionarios deberán cumplir con el deber de poner en conocimiento a los organismos pertinentes a través de: derivación a la oficina de protección de derechos, ingresos de causas y escritos de la oficina judicial virtual o presencialmente.”

Con el objeto de acreditar que las modificaciones efectuadas al reglamento interno fueron difundidas y comunicadas a la comunidad escolar, hemos enviado esta información a los padres y apoderados y al profesorado vía correo electrónico, además de la publicación en esta página del RICE actualizado.